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La Justicia tumba la demanda de Begoña Gómez contra ‘El Confidencial’ por las exclusivas sobre sus actividades

La sentencia recuerda a Gómez que debe pagar las costas al haber ‘visto rechazadas todas sus pretensiones’

El Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Madrid ha tumbado ayer jueves el intento de Begoña Gómez de cuestionar la credibilidad del periódico ‘El Confidencial’ y silenciar informaciones publicadas sobre sus vínculos empresariales y sobre el registro a su nombre de un software desarrollado para la Universidad Complutense.

La sentencia recuerda a Gómez que la Ley de Enjuiciamiento Civil obliga a pagar las costas generadas por el procedimiento a las partes que “hayan visto rechazadas todas sus pretensiones”, como es el caso.

La resolución también afea la conducta del abogado de la mujer de Sánchez, Antonio Camacho, por tratar de añadir un supuesto nuevo documento cuando había empezado la vista oral, porque «Supone de facto una alteración de la demanda, que deja indefensa a la parte demandada, quien no puede en el plazo que la ley da al demandado para contestar a la rectificación, efectuar las alegaciones que a su derecho convengan».

Demanda por usar la preposición ‘de’ en un titular de ‘El Confidencial’

El abogado de Gómez demandó al citado medio para obligarle a rectificar su exclusiva del pasado abril aduciendo un supuesto titular falso sobre las adjudicaciones de Barrabés -que formó parte de una serie de publicaciones sobre las actividades de la mujer de Sánchez que desembocaron en su imputación-.

La denuncia también exigía al medio publicar los comunicados de terceras empresas mencionadas en sus exclusivas, aunque tampoco aclaró que datos pretendía matizar.

Finalmente, el Juzgado desestimó por partida doble las pretensiones de Begoña Gómez: por un lado, respecto al supuesto titular falso denunciado, la sentencia considera que no tiene sentido “situar la controversia en el adecuado empleo gramatical de la preposición ‘de’, entendida como expresión que denota posesión o pertenencia”, cuando resulta evidente que “en el contexto indicado se usa para afirmar cualquier tipo de vinculación”.

El juez añade que “para cualquier lector, es perfectamente comprensible que la vinculación que se establece entre la demandante y la UTE se basa en una serie de actuaciones que consistirían en un apoyo de aquella a ésta en un proceso de contratación público”, como alegaba ‘El Confidencial’.

No se ejerció derecho de rectificación y se pidieron los comunicados fuera de plazo

La resolución incide en que “no se ha ejercido el derecho de rectificación” sobre las pruebas de la mencionada conexión entre Begoña Gómez y la UTE de Barrabés que expuso ‘El Confidencial’.

Para el juez y “son éstas, y no la condición de socia o directiva de la demandante de las empresas de la UTE, las que llevan a los autores de la noticia a establecer en el titular una vinculación, por lo que la rectificación que se propone nada aporta a la noticia”.

El Juzgado de también rechaza la exigencia de Gómez de que el periódico deba publicar los comunicados de Air Europa, Instituto de Empresa y el ente púbico Red.es. En primer lugar, la demandante ni siquiera aclara qué datos pretende matizar, pues tampoco incorpora sus propios comunicados a la petición que, además, realizó fuera del plazo legal.

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