Los condenados por tráfico de drogas alegaban que los 600 socios de ‘Toma Farm’ eran enfermos que necesitaban terapia con cannabis, pero ninguno testificó en el juicio
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la sentencia del pasado diciembre condenó a penas de un año de cárcel por tráfico de drogas y dos años por asociación ilícita a la pareja responsable de un club de cannabis en isla de Fuerteventura.
El TSJC considera probado que el principal acusado fundó la ‘Asociación Cannábica Toma Farm‘ en 2015 para “vender marihuana ilegalmente” a terceros, aparentando ser una asociación sin ánimo de lucro.
En octubre de 2019, la policía encontró drogas y equipos para el cultivo en el local, incautando 546 gramos de marihuana y otros elementos relacionados con el tráfico de drogas. El presidente de la asociación tiene antecedentes penales por varios delitos.
La sentencia ordena la disolución definitiva de la asociación y el decomiso de la droga incautada en el establecimiento; también se descubrió que parte del local se usaba para el cultivo de marihuana, lo que violaba las disposiciones legales.
Los clientes compraban marihuana en el local y la consumían fuera sin control
Según detalla la resolución, el número de afiliados a la asociación era considerable, entre 500 y 600 personas, pero no se podía verificar con un mínimo rigor si estaban avalados como consumidores de sustancias ni si realmente necesitaban cannabis por razones terapéuticas.
Los procesados no citaron a ningún socio para testificar si estaba ‘enfermo’ de verdad
Recuerda el Tribunal que ninguno de los cientos de asociados fue citado como testigo por los procesados «parar acreditar los fines terapéuticos, educacionales, investigadores y didácticos de la asociación, fines que nunca han existido y nunca se han llevado a cabo por la asociación”.
La defensa alegaba que la asociación tenía fines terapéuticos, educativos e investigativos, pero, dice el fallo, no se encontraron pruebas que respaldaran estas afirmaciones.
La sentencia establece que las actividades de la asociación no estaban amparadas por la doctrina del consumo compartido y que la organización ni si quiera se ajustaba a sus propios estatutos, porque se dedicaba al cultivo y venta de marihuana.








