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El Supremo confirma la rebaja de pena a un condenado de ‘La Manada’ por la ‘ley del sí es sí’

El TS expresó con reiteración que, ‘sin duda alguna’ la ‘ley del sí es sí’ beneficia más al reo que la anterior y por eso tuvo que modificarse

En aplicación de la ´ley Montero’ el Supremo confirma la rebaja de 15 a 14 años de cárcel para Ángel Boza, uno de los cinco condenados por la violación grupal cometida en los sanfermines de 2016 en el caso conocido como ‘La Manada’.

El tribunal avala la interpretación que realizó el TSJ de Navarra el pasado septiembre, cuando acordó reducir en un año la pena de Ángel Boza al entender que el Supremo en su momento impuso la pena de 15 años por ser “próxima” o “cercana” al mínimo legal vigente entonces, antes de entrar en vigor la conocida como “Ley del sí es sí” o ‘Ley Montero’.

La ultraizquierda del Gobierno aplaudió la ley que dejaba atrás ‘El Código Penal de La Manada

Se da la circunstancia de que el mediático caso se usó en la propaganda de la facción ultraizquierdista del gobierno de Sánchez como justificante de la creación de la ‘ley Montero’ para dejar atrás lo que llamaban ‘el Código Penal de La Manada‘.

Hoy, la chapuza legislativa de unos políticos fanatizados ha acarreado más de 1.100 (agosto de 2023) reducciones de penas, como en el caso de ‘La Manada’, y excarcelaciones anticipadas de depredadores sexuales reincidentes.

La ‘Ley del sí es sí’ cambió la horquilla de penas y benefició al condenado de ‘La Manada’

Esa pena establecida entonces (15 años) es ahora, con la nueva regulación, superior en dos años al mínimo imponible, “luego la nueva ley es más favorable para el acusado porque ha bajado 1 año y 3 meses el umbral mínimo imponible, y mantiene el mismo techo”.

Según argumentó el tribunal navarro, al entrar en vigor la ‘ley Montero’ se rebajó el mínimo legal del delito en 1 año y 3 meses (de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años) y, en consecuencia, la pena debía también reducirse puesto que tras la reforma legal quedaba situada dos años por encima del nuevo mínimo legal.

El Alto Tribunal considera razonable en su sentencia considera el criterio del TSJ de Navarra, pues se ajusta a los parámetros que estableció la propia Sala Segunda cuando abordó la línea a seguir en relación con los asuntos afectados por la nueva ley.

El Supremo considera ‘sin duda alguna’ que la ‘ley de sí es sí’ resulta más favorable para el reo

El tribunal indica que no hay duda alguna de que la “Ley de sí es sí” resulta más favorable que la regulación anterior y buena prueba de ello fue que el propio legislador modificó su inicial conceptuación penológica para elevarla, a la vista de la realidad social y las revisiones que se estaban produciendo.

La sentencia añade que no pueden hacerse diferencias “entre este caso, por más que sea particularmente mediático, y los cientos de casos que han sido analizados por esta Sala Casacional, en donde de forma muy reiterada se ha declarado que el marco penológico instaurado por la nueva Ley Orgánica 10/ 2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, es más beneficioso que la regulación anterior”.

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