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Prisión permanente revisable para la asesina de su hija de 4 años en Sant Joan Despí

Cristina Rivas asfixió a su hija con una bolsa de plástico para causar el máximo sufrimiento posible a su exmarido por no volver con ella e iniciar otra relación

La Sala de Apelaciones de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) confirma la sentencia de prisión permanente revisable de la asesina Cristina Rivas por matar a Yaiza, su hija de 4 años, en Sant Joan Despí en 2021.

La asesina sedó a la pequeña Yaiza, la asfixió con una bolsa de plástico y después intentó suicidarse, porque su exmarido no volvía con ella y había iniciado una relación sentimental con otra mujer.

Cristina Rivas, subraya la sentencia, pretendía causar con el crimen “el mayor sufrimiento” y «el máximo daño psicológico posible al padre de la menor» no solamente asesinando a la niña, sino culpándole del crimen y de su propio suicidio en una carta que dejó para él.

‘Ahora te quedas sin tu hija y me la llevo conmigo’

Según la sentencia, extractada por ‘El Periódico’, la negativa del exmarido a volver con Rivas, sumada a que tenía nueva pareja, le produjo «un estado creciente de enfado, rabia, tristeza y frustración» que la llevó a «la metódica planificación de la muerte de su hija».

«Matando a Yaiza se aseguraba la acusada que causaba un daño psicológico irreversible al padre del que ni podría haberse defendido ni podría recuperarse, asestando el más duro golpe que se puede propinar a cualquiera, acabando con la vida de su hija», recoge la resolución judicial.

«Ahora te quedas sin tu hija y me la llevo conmigo«, indicaba la asesina en la misiva de suicidio dirigida «al culpable de todo esto», según indicó el citado medio.

Deja sin efecto la atenuante de confesión de la asesina

El tribunal confirma íntegramente la sentencia emitida después del juicio con jurado celebrado a la Audiencia de Barcelona, y sólo estima el recurso interpuesto por la fiscalía y la acusación particular para dejar sin efecto la aplicación de la atenuante de confesión, que no modifica la pena ya impuesta, al considerar que de acuerdo con el comportamiento de la acusada no le es aplicable esta atenuante.

La sentencia, ahora ya confirmada, también impone medidas cautelares como la prohibición de aproximación y comunicación con la familia de la víctima y a pagar una indemnización de 450.000 euros al padre de la menor y a los abuelos.

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