CGPJ: las absoluciones son consecuencia ‘de la destipificación del delito de abuso sexual mediante engaño con menores de entre 16 y 18’
Según ha informado este miércoles el CGPJ, a fecha de 1 de julio de 2023, los tribunales han acordado al menos 1.155 reducciones de pena y, al menos, 117 excarcelaciones de criminales en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
Según ha detallado el Poder Judicial en una nota de prensa: “las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022″.

El Consejo General del Poder Judicial recogió los datos del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. No obstante, el CGPJ ha advertido que “los datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales”.
Nota de prensa del Poder Judicial y criterios de interpretación
El CGPJ ha indicado en su nota de prensa que, para interpretar los datos de forma correcta, datos, debe tenerse en cuenta lo siguiente:
- Los datos contenidos en las tablas responden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre de 2022 hasta la reflejada como “fecha de actualización”.
- Se ha incluido el porcentaje que suponen las revisiones a la baja de las condenas inicialmente impuestas respecto del total de sentencias objeto de revisión sólo en aquellos territorios que han comunicado el dato.
- Los datos que figuran en la tabla de las Audiencias Provinciales corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la LO 10/2022 en las que se ha aplicado ésta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos enjuiciados- al considerarse más favorable para el reo.
- Los datos que figuran en la tabla de los Tribunales Superiores de Justicia corresponden a resoluciones dictadas en recursos de apelación planteados bien contra sentencias de instancia, bien contra resoluciones dictadas por las Audiencias Provinciales en el trámite de revisión de penas.
Método para obtener el total de revisiones
El CGPJ ha obtenido el dato total tras deducir las revisiones de pena comunicadas por las Audiencias Provinciales, cuando fueron desestimadas por los TSJ en vía de recurso” y sumar “las revisiones inicialmente denegadas por las Audiencias Provinciales, finalmente estimadas por los TSJ en vía de recurso”.
Finalmente, “los datos que figuran en la tabla del Tribunal Supremo corresponden a resoluciones dictadas en recursos de casación“.