Saltar el contenido

Entra en vigor la reforma animalista del Código Penal: cárcel por maltratar un vertebrado

Menos de 1 minuto Minutos

El sector cinegético advierte que la reforma del Código Penal avanza en la prohibición encubierta de la caza que pide el ecologismo radical

El pasado 16 de marzo de 2023, el Gobierno sacó adelante dos cambios legislativos impulsados por la vía de urgencia desde la facción animalista y anticaza del ejecutivo: la Ley de Bienestar Animal y la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal que incluye penas de prisión por maltratar a un vertebrado.

Según la reforma del Código Penal -art. 340 bis-, desde este lunes será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses:

“El que fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio o procedimiento, incluyendo los actos de carácter sexual, cause a un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud”.

En el caso de tratarse de animales salvajes vertebrados, la reforma añade que:

“Si las lesiones del apartado anterior se causaren a un animal vertebrado no incluido en el apartado anterior, se impondrá la pena de prisión de tres a doce meses o multa de tres a seis meses”.

El artículo incluye un nuevo apartado:

“Si el delito se hubiera cometido utilizando armas de fuego, el juez o tribunal podrá imponer motivadamente la pena de privación del derecho a tenencia y porte de armas por un tiempo de uno a cuatro años”.

¿Intento de prohibición encubierta de la caza?

La reforma modifica el Código Penal en lo relativo a la protección de los animales porque, según consta en el preámbulo del articulado “existe un amplio margen de mejora” y deben adecuarse “al nuevo estatus jurídico” de “seres sintientes”. El texto alude a la anterior reforma legal de 2021 sobre el régimen jurídico de los animales.

El maltrato animal se amplía de las mascotas al resto de vertebrados en lo que consideran desde el sector cinegético un avance, por la puerta de atrás, en la prohibición de la caza según los dictados del ecologismo radical.

A pesar de la criminalización del sector cinegético por parte de la extrema izquierda, el PSOE ha evitado arriesgarse a una sangría de votos rurales si prohíbe la caza en España en año electoral. El gobierno se ha limitado a su habitual funambulismo legislativo para evitar aplicar las máximas peticiones de la formación morada contra la caza, pero a la vez incrementando el asedio legislativo contra el sector.

Empresas de control de plagas en un limbo legal

Si bien las empresas de control de plagas siguen trabajando para prevenir problemas graves de salud pública, todavía desconocen los cambios que implicará en su trabajo la reforma del Código Penal, porque cada Comunidad Autónoma tiene que tomar decisiones al respecto y los profesionales deberán adaptarse a legislación que establezcan.

Ante la incertidumbre generada por la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal, aquellos ciudadanos que deseen evitar las consecuencias penales de matar a una rata o a una paloma deberán recurrir a las empresas de control de plagas, las cuales siguen operando con la autorización de las administraciones autonómicas.

Tal ha sido la recomendación de Jonás Sánchez, de la empresa de control de aves Alcebo, en una entrevista concedida a Libertad Digital. Sánchez añadió que, en el caso de la infestación de palomas “los afectados deben contactar con una “empresa profesional que se dedique exclusivamente al control de aves, con la Asociación Nacional de Salud Ambiental o directamente con los ayuntamientos”.

Maltrato animal y violencia de género

Entre otras perlas jurídicas, la reforma creada por la facción de Podemos en el gobierno alude en el preámbulo a una “constatación” entre el “maltrato a los animales y la violencia interpersonal” que “obliga” a incluir como agravante “la violencia instrumental que se realiza con animales en el ámbito de la violencia de género“.

En el artículo 340 bis se contempla como agravante “Cometer el hecho para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico a quien sea o haya sido cónyuge o a persona que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia”.

El resto de situaciones de parentesco o relaciones personales no figuran. En otras palabras, un mismo acto de maltrato animal tiene diferente reproche penal si quien lo realiza encaja -o no- en los supuestos legales que definen lo que es “violencia de género”, una pareja o “relaciones análogas de afectividad”.

3 Comentarios

  1. Gaspar González
    abril 18, 2023 @ 3:18 pm

    Otra basura legislativa que lo único que persigue es seguir arruinando y destruyendo España, en este caso los sectores cinegético y los relacionados con los negocios de animales de todo tipo, esto es, continuar con la aniquilación del tejido empresarial y el entramado productivo tras la hipócrita, falsa y miserable fachada de la supuesta defensa de los animales.
    Comunismo rancio, grosero, aberrante, infame.

  2. Pepito Grillo
    abril 19, 2023 @ 9:31 am

    se vota a VOx lo menos malo y se derroga todas las leyes de esta legislatura sin prejuicios ni escrupulos se pongan como se pongan con contundencia inteligencia y sin dar un paso atras.

  3. Ladislaus Cozeco
    abril 19, 2023 @ 8:53 pm

    Comunistas Comunisteando v2.0. ¿Qué es lo primero que hicieron TODOS los países comunistas cuando esto analfabetos tocaron poder? Pues una linda “reforma agraria” que más o menos venían a decir: campesino inútil, ya te gestionamos nosotros el campo que tú no sabes hacerlo con perspectiva marxista. Consecuencia en todos estos países: HAMBRE.

    Y esta es la nueva versión, chupi progre, vestida de animalismo. De facto lo que te prohíbe es tener animales domésticos para consumo propio, o también llamada asquerosa autosuficiencia, que ellos tanto odian. Todo los demás son florituras de los mundos de Yuppy.

    Con un pequeño matiz, importante: el sacrificio halal está permitido (véase sufrimiento innecesario del animal + condiciones higiénicas paupérrimas). ¿No es harto extraño que para querer proteger a los animales, y garantizar la higiene alimentaria, precisamente excepcionen lo que más está en contra?

    Pero claro, sus votontos, son amebas emocionales que sólo repiten cual papagayo.

    #

Deja tu respuesta

Posts del Foro