Hasta el 1 de septiembre de 2023, con datos incompletos, las revisiones de pena por la Ley Montero suponen un mínimo de 121 excarcelaciones
Según datos emitidos por el Consejo General del Poder Judicial, desde la entrada en vigor de la “Ley Montero” o del “sólo sí es sí” -Ley Orgánica 10/2022-, con fecha de el 1 de septiembre de 2023, los tribunales acordaron, como mínimo, 1.205 condenas reducidas y 121 excarcelaciones de agresores sexuales.
Las resoluciones confirmadas hasta el 1 de setiembre, son las siguientes: el Tribunal Supremo ha reducido 34 condenas; la Audiencia Nacional, 1; los Tribunales Superiores de Justicia 168 reducciones y 10 excarcelaciones; y las Audiencias Provinciales han rebajado 1.2 penas y han excarcelado a 121 criminales sexuales.

Cifras alarmantes, pero se quedan cortas ante la realidad
El CGPJ explica que las cifras son menores que las reales, porque recaba datos del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia, así como de las Audiencias Provinciales que sí han comunicado las cifras. Tampoco incluye en la estadística las revisiones de pena en los Juzgados de lo Penal.
“Los datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales”, advierte el CGPJ.
Cómo interpretar los datos del CGPJ
El Consejo ha añadido que, para interpretar los datos deben considerarse que las absoluciones comunicadas son consecuencia, en todos los casos, de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022.
Los datos del impacto de la “Ley Montero” son estimativos, porque se ha incluido el porcentaje que de revisiones a la baja de condenas respecto del total de sentencias que han sido objeto de revisión sólo en aquellos territorios que han comunicado el dato. Por su parte, los datos que figuran en la tabla del Tribunal Supremo corresponden a los recursos de casación.