Ambos terroristas islámicos entraron ilegalmente en España en una patera, desembarcando en Almería en 2020. Cumplirán 6 y 7 años de prisión
La Audiencia Nacional ha condenado a 7 y 6 años de prisión a dos argelinos, terroristas musulmanes, llegados en patera en 2020, por formar una célula yihadista que pretendía establecerse en España. Un tercer islamista que entró con ellos, un ex rapero, fue hallado muerto en prisión tras el juicio.
En un comunicado del ministerio del Interior, relata que la Sección Segunda de la Sala Penal condena a 7 años de cárcel a Abderrezak S. por integración en organización terrorista y falsificación de documento oficial e impone 6 años de prisión a Kossalia C. por el primero de los delitos.
El Tribunal declara extinguida la responsabilidad penal del terrorista musulmán que era el principal acusado, Abdelmajed A.B., al haber fallecido en prisión el pasado mes de julio unos días después de la vista oral.
Los terroristas islámicos partieron desde Argelia y desembarcaron en Almería
La sentencia relata que los tres terroristas se encontraban en Argelia a principios de 2020 y desde allí, con la finalidad de mantener una célula del Estado Islámico, prepararon su entrada en España.
La noche del 13 al 14 de abril de 2020, relata la resolución judicial, los magrebíes llegaron en patera a la costa de Almería. No obstante, la Policía detuvo a los magrebíes en la ciudad de Almería unos días más tarde, fruto del trabajo de vigilancia al que les sometió.
Tras analizar las pruebas, los jueces consideran acreditado que Abdelmajed A.B., el rapero fallecido, fue integrante de DAESH desde los años 2014 y 2015 como combatiente y también como reclutador de mujeres para la causa, como ocurrió con el caso de una española condenada por la Audiencia Nacional.
El Tribunal consideró, respecto a los otros dos argelinos, que formaban parte de “una célula que se dedica financiar sus actividades terroristas mediante la comisión de estafas bancarias masivas a través del carding” (fraudes masivos a través de Internet).
Los ilegales musulmanes detenidos planeaban formar una célula terrorista del Estado islámico
Entre los indicios contra ambos magrebíes figuraba que su proximidad al ideológica al Estado Islámico, que adoptaban precauciones para no ser detectados por la Policía una vez llegados a España, que uno de ellos llevaba un pasaporte falso, así como su interés por conseguir documentación fraudulenta.
La sentencia considera inverosímil la pretensión de los argelinos de hacer creer al Tribunal que sólo eran emigrantes ilegales, y que su afinidad islamista la causó “la vivencia común de las circunstancias propias de inmigrantes que coinciden en la misma patera”.
Según consideró la Sala, tal argumento “es insostenible y no son inmigrantes al uso”, tal como demuestra “el poder adquisitivo que tienen y que son capaces de obtener a través de su acceso ilegal a los datos de usuarios de tarjetas de crédito en internet, estas circunstancias los colocan muy lejos de ellos, así como el ocultamiento de su verdadera identidad”.
Para el Tribunal “no existe ninguna razón o motivo de peso que justifique mínimamente la presencia de los tres acusados en España, sino es su decisión de (pertenecen al Estado Islámico), con actividad de financiación para sus objetivos”.
Viajaron a España en patera, a pesar de que podían cometer sus delitos informáticos desde Argelia
Por otra parte, el Tribunal añade que le “Llama poderosamente la atención el propio desplazamiento de los acusados a Europa, cuando sus actividades fraudulentas masivas por internet podían desarrollarse desde Argelia por parte de (Kossaila C. y Abderrezak S.), sin exponerse con el desplazamiento para entrar en Europa y en compañía de un conocido integrante activo del DAESH, como Abdelmajed A.B.”
La Sala añade que “Es absurdo que asuman unos riesgos del calado como se han evidenciado en este juicio, atrayendo la atención de todos los servicios de inteligencia policial antiterrorista europeos, si no es por su íntima identificación con la causa que defendía Abdelmajed A.B.”
El tribunal concluye que “La única explicación plausible no es otra que los acusados Abderrezak S. y Kossaila C. formaban parte de la célula terrorista del Estado Islámico, junto con Abdelmajed A.B., desplazándose a España, y realizando tareas conjuntamente para su financiación”.