La Fiscalía Anticorrupción dispone de un testimonio que sitúa en 2019 la entrega de las joyas vinculadas a José Luis Rodríguez Zapatero. Según la información publicada por El Debate el 20 de octubre de 2026, la persona que ha declarado ante el Ministerio Público sostiene que las piezas no fueron entregadas en 2007, como afirma el expresidente del Gobierno, sino doce años después, durante la presidencia de Pedro Sánchez.
En su declaración, la testigo asegura que las joyas llegaron a manos de Zapatero en 2019, aunque reconoce que no puede determinar la fecha exacta de la entrega. Según explica, para entonces ya había sido apartada de sus funciones y de la actividad ferroviaria del Consorcio Hispano-Árabe.
Esta versión resulta relevante porque cuestiona la cronología defendida por el expresidente y podría afectar al debate sobre una eventual prescripción de las responsabilidades tributarias asociadas a las joyas. No obstante, la declaración constituye una versión pendiente de las comprobaciones que correspondan y no acredita por sí sola la existencia de un delito.
Las joyas y su supuesta relación con el AVE a La Meca
El testimonio presentado ante Anticorrupción no describe las joyas como un regalo personal, sino como un presunto pago en especie relacionado con los contratos ferroviarios adjudicados en Arabia Saudí.
La declarante vincula las piezas tanto con los contratos de construcción desarrollados entre 2011 y 2017 como con el contrato de mantenimiento que, según su versión, comenzó a ejecutarse en 2018. Este último periodo coincide con la llegada de Pedro Sánchez a la Presidencia del Gobierno.
La testigo afirma que las joyas estarían relacionadas con las actividades del Consorcio Hispano-Árabe en el proyecto ferroviario de alta velocidad que conecta La Meca y Medina, una de las principales infraestructuras españolas desarrolladas en Arabia Saudí.
De acuerdo con el escrito, las piezas formarían parte de un supuesto pago de comisiones realizado por la constructora que habría resultado beneficiada por la adjudicación del mantenimiento de la línea una vez finalizadas las obras.
La declarante cifra el valor del lote en más de cuatro millones de euros y sostiene que las joyas fueron localizadas en unas oficinas del PSOE que, según su relato, eran gestionadas y utilizadas por el expresidente Zapatero.
Estas afirmaciones forman parte de la denuncia remitida a la Fiscalía Anticorrupción y deberán ser contrastadas con la documentación y las pruebas que puedan incorporarse a una eventual investigación.
La versión de Zapatero: un regalo del rey saudí en 2007
La fecha señalada por la testigo contradice la explicación que mantiene José Luis Rodríguez Zapatero sobre el origen de doce de las piezas de mayor valor.
Según la versión atribuida al expresidente, las joyas fueron un obsequio que recibió en 2007 del entonces monarca saudí, Abdalá bin Abdulaziz. Ese año, ambos mantuvieron un encuentro en España en el que se abordó la creación de un fondo de capital saudí y español destinado a financiar proyectos de infraestructuras.
La diferencia entre ambas versiones es sustancial. Mientras Zapatero sitúa la recepción de las joyas en 2007 y las presenta como un regalo, la testigo sostiene que la entrega se produjo en 2019 y que estaría relacionada con supuestas comisiones por contratos ferroviarios.
La cronología resulta especialmente importante para determinar el origen de los bienes, las circunstancias en las que se recibieron y las posibles consecuencias fiscales. Sin embargo, la fecha y la naturaleza de la entrega deberán establecerse a partir de las pruebas disponibles y de las comprobaciones de las autoridades competentes.
Una denuncia que apunta a contratos millonarios en Arabia Saudí
El documento remitido a Anticorrupción está fechado en Yeda el 10 de septiembre de 2026. En él, la denunciante expone presuntas irregularidades relacionadas con contratos públicos, pagos de comisiones, tráfico de influencias, amenazas y cancelaciones contractuales.
La testigo también menciona posibles actuaciones ilegales que, a su juicio, deberían ser examinadas por la Fiscalía para determinar si pudieran constituir delitos.
Según el escrito, el volumen de negocio relacionado con las actividades desarrolladas en Arabia Saudí superaría los 10.000 millones de dólares. La declarante asegura, además, que los datos aportados podrían ser corroborados por otras cuatro personas cuya identidad habría facilitado al Ministerio Público.
La existencia de estos posibles testigos podría resultar relevante para contrastar las afirmaciones recogidas en la denuncia, especialmente en lo relativo a la adjudicación de contratos, el mantenimiento de las infraestructuras y los supuestos pagos vinculados al proyecto ferroviario.
Por el momento, las afirmaciones recogidas en el documento deben entenderse como parte de la versión de la denunciante y no como hechos judicialmente probados.
Una antigua responsable ferroviaria aparece mencionada en el escrito
La denuncia también alude a una antigua alta responsable de infraestructuras ferroviarias del Estado. Según la testigo, esta persona conocería el funcionamiento interno de las operaciones descritas y habría abandonado ese entorno debido a las presiones políticas que, presuntamente, afectaban a su integridad profesional.
El escrito sostiene igualmente que la tramitación de expedientes y los supuestos pagos para obtener voluntades serían conocidos dentro del consorcio español y por determinados altos cargos de la Administración española.
Estas referencias amplían el alcance de las acusaciones, que no se limitan al origen de las joyas, sino que también señalan posibles irregularidades en la gestión de contratos públicos relacionados con el AVE a La Meca.
La documentación y los testimonios que puedan aportarse serán determinantes para esclarecer si existieron las irregularidades denunciadas y qué personas, en su caso, tuvieron conocimiento o participación en ellas.
La fecha de entrega, clave para aclarar las posibles responsabilidades fiscales
La discrepancia entre 2007 y 2019 constituye uno de los puntos centrales de este caso. La fecha defendida por Zapatero sitúa la recepción de las joyas doce años antes que la señalada por la denunciante, una diferencia que puede tener relevancia a la hora de analizar las posibles obligaciones tributarias derivadas de su adquisición.
Sin embargo, la prescripción fiscal o penal no puede determinarse únicamente a partir de la fecha de entrega alegada por una de las partes. Para establecer sus posibles efectos jurídicos es necesario examinar la naturaleza de los bienes, las obligaciones que pudieran derivarse de su recepción, los plazos aplicables y las circunstancias concretas del caso.
Por tanto, el testimonio conocido por Anticorrupción introduce una versión diferente sobre el origen y la fecha de las joyas, pero serán las pruebas y las actuaciones de las autoridades competentes las que permitan determinar si las acusaciones tienen fundamento y qué consecuencias legales podrían derivarse de ellas.





















